Controlador de Accesos
Decreto 86/2013, de 1 de Agosto, por el que se aprueba el reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.
Funciones
- Dirigir y ordenar la entrada de personas al interior de establecimientos con actividades musicales.
- Comprobar aforo eventos.
- Controlar el tránsito en zonas reservadas.
- Control de las vías de evacuación para evitar su obstaculización.
- Colaborar con la aplicación de las medidas sanitarias.
Operativa del servicio
Limitar la entrada a menores de edad, comprobando identificación a las personas que quieran acceder.
Evitar el exceso de capacidad máxima autorizada. Informar a los vigilantes de seguridad privada las alteraciones de orden. En caso de ser necesario, asistir, a las personas que requieran atención de salud, y llamar a los números de teléfono apropiados en cada caso.
Bajo ninguna circunstancia el personal de control de acceso puede asumir o ejercer las funciones propias del personal de seguridad privada.